Auto Supremo AS/1094/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1094/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Bajo ese entendimiento y revisada tanto la Sentencia cuanto el fallo del Tribunal de alzada,

Bajo ese entendimiento y revisada tanto la Sentencia cuanto el fallo del Tribunal de alzada, se evidencia que ambas resoluciones guardan total coherencia, la primera (sentencia) entre la pretensión de los demandantes que buscan la declaración de nulidad de la Escritura Pública Nº 1232/90 de 1º de agosto, y la resolución, que determinó declarar improbada la demanda, previo análisis y valoración de la prueba presentada por los demandantes y uno de los co demandados Ricerca E Cooperazione, con quien además los actores suscribieron un acuerdo transaccional testimoniado bajo la Escritura Pública Nº 281/2016 (fs. 432 a 433 vta.), en el que, en la cláusula primera reza: “Con fecha de cargo 1 de abril de 2004 el Sr. Edgar Maldonado Quispe, en representación de los señores Jaime Maldonado Avendaño y Silvia Maldonado Avendaño, presentó demanda de nulidad de escrituras públicas, inscripciones, cancelaciones y reposiciones de partidas en Derechos Reales, reconocimiento de la calidad de legítimos herederos y reivindicación (del inmueble de 500 ms2 ubicado en la zona Villa Tejada Rectangular de la ciudad de El Alto), en la vía ordinaria y contra la Cooperativa Agrícola Solidaridad y Ricerca E Cooperazione. En la actualidad este proceso se halla en su primera instancia en espera de alegatos y dictación de sentencia ante el Juzgado 4º de Partido en lo Civil de la ciudad de El Alto…”, datos que concuerdan plenamente con la demanda y cargo de recepción de fs. 38 a 41. Más adelante en la misma escritura, concretamente en la cláusula tercera, bajo el epígrafe de TRANSACCIÓN, al amparo de los arts. 954 y ss. del Código Civil, se establece entre las partes que el propósito del contrato es dirimir y extinguir todos los litigios existentes, comenzados o por comenzar, estableciendo además en el punto 3-5 de la cláusula citada, como el aspecto más importante que define la situación procesal en estudio, que los demandantes, reconocen como válidos los derechos que fueron adquiridos por Ricerca E Cooperazione y posteriormente por CASOL respecto del inmueble objeto de la Litis