Auto Supremo AS/1096/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1096/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Bajo ese contexto y de la revisión de antecedentes, se advierte que el Tribunal ad

Bajo ese contexto y de la revisión de antecedentes, se advierte que el Tribunal ad quem, pasó por alto que una vez formulados los alegatos, ninguna de las partes objetó oportunamente la emisión de la Sentencia, por el contrario permitieron su pronunciamiento, dando así su consentimiento con lo sucedido, por cuanto pudieron observar la existencia pendiente de una consulta de recusación, aspecto soslayado por el Tribunal de alzada, donde los justiciables permitieron la prosecución de la audiencia donde se dio a conocer el fallo de primera instancia, por consiguiente al proceder a la nulidad de obrados se otorga tutela a un reclamo realizado de forma posterior a este hecho lo cual implica una vulneración al principio de preclusión y convalidación, según el razonamiento contenido en el epígrafe III.1 de la presente resolución, por cuyos motivos no hubo la necesidad de acudir a la nulidad procesal de actuaciones anteriores previas a la emisión de la Sentencia, más aun cuando la resolución de recusación fue emitida de forma posterior a su pronunciamiento, en consecuencia correspondía que el Tribunal de alzada emita pronunciamiento sobre los agravios formulados en la apelación a efectos de ministrar justicia pronta