El Juez Publico Mixto civil y comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e
VISTOS: El recurso de casación de fs. 210 a 213 vta., interpuesto por Indira Seoane Suarez de Justiniano, Nicols Seoane Suarez y Erika Seoane de Tapia contra el Auto de Vista N° 36/2018 de 16 de enero, cursante de fs. 206 a 207 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez, Adolescencia y Violencia Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Cumplimiento de contrato, pago de comisión y daños y perjuicios por incumplimiento voluntario, seguido por Indira Seoane Suarez de Justiniano, Nicols Seoane Suarez y Erika Seoane de Tapia contra Nelson Salas Rojas, la concesión de fs. 217, el Auto Supremo de Admisión No. 267/2018-RA de 12 de abril de fs. 224 a 225 vta., los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Publico Mixto civil y comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1º de Cabezas del distrito judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia N° 002/2017 de 18 de agosto, cursante de fs. 177 a 180 vta., de obrados, declarando IMPROBADA la demanda principal en todas sus partes y PROBADA en parte la acción reconvencional, solo en lo que se refiere a la resolución del contrato e IMPROBADA en cuanto a los daños y perjuicios
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Publico Mixto civil y comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1º de Cabezas del distrito judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia N° 002/2017 de 18 de agosto, cursante de fs. 177 a 180 vta., de obrados, declarando IMPROBADA la demanda principal en todas sus partes y PROBADA en parte la acción reconvencional, solo en lo que se refiere a la resolución del contrato e IMPROBADA en cuanto a los daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- El Juez Publico Mixto civil y comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e
- Contra la referida determinación Indira Seoane Suarez de Justiniano, Nicols Seoane Suarez y Erika Seoane
- Auto de Vista, contra el que Indira Seoane Suarez de Justiniano, Nicols Seoane Suarez y
- En la forma
- El Tribunal de Alzada ha violado las formas esenciales del proceso debido a que el
- En el fondo
- Las recurrentes acusan que el Tribunal de Alzada al pronunciar el Auto de Vista
- De la respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Respecto a la resolución de contrato por incumplimiento voluntario, el Auto Supremo No
- Una vez constituida la relación contractual, lo normal es que ésta culmine con el cumplimento
- Una de esas formas anormales de extinción del contrato es la resolución, que se constituye
- Para Messineo, citado por Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil Concordado y Anotado
- La resolución tiene lugar en tres casos que se encuentran expresamente regulados por el Código
- 1) El Tribunal Ad quem no se circunscribió a los puntos apelados en vulneración al
- Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
