Arguye que el Tribunal de Alzada no consideró que el SENASIR como ente liquidador, tenga
Arguye que el Tribunal de Alzada no consideró que el SENASIR como ente liquidador, tenga la obligación de recuperar los montos de prestaciones otorgadas, conforme dispone la Resolución Administrativa N° 044 de 18/07/2001, Resolución Administrativa que encuentra su razón de ser en el DS N° 27066 de 06/06/2003, que señala que el SENASIR tiene competencias para emitir Resoluciones Administrativas en temas inherentes a sus funciones, que reglamentan las disposiciones que sobre la materia emite el Órgano Ejecutivo, por otra parte la R.M. No 384 de 11/06/2004 en su art. 3 establece “la recuperación de montos de las prestaciones otorgadas por error de cálculo se realizará con el descuento del 20%” (concordante con el art. 963 del Código Civil (CC)
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de la Comisión de Reclamación
- Auto de Vista
- En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, la beneficiaria interpuso recurso
- Contra la Resolución emitida por el Tribunal de Apelación, Julieta Alcira Gutiérrez Flores, en representación
- Que el DS N° 27991 de 28/01/2005, que no fue considerado contiene disposiciones sobre el
- Arguye que el Tribunal de Alzada no consideró que el SENASIR como ente liquidador, tenga
- Considerando que el art
- Petitorio
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia deliberando en el fondo dicte Auto Supremo
- El recurso no fue respondido por la beneficiaria, pese a su legal notificación (fs. 146)
- Admisión
- Doctrina aplicable al caso en concreto
- Los arts
- Por consiguiente, interpretando estas normas se establece que procede el descuento de las rentas en
- Sin embargo, se debe considerar que ese cálculo de la prestación que se le otorgó,
- Fundamentación del caso en concreto
- En ese contexto, el art
- Asimismo, el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
