Con relación al tiempo de la densidad de aportes, se evidencia que la Comisión de
Con relación al tiempo de la densidad de aportes, se evidencia que la Comisión de reclamación otorgó una densidad de 48 meses, advirtiéndose que, en la emisión de la Resolución de la Comisión de Reclamación N° 209/17 de 7 de abril de 2017, el SENASIR evitó considerar y valorar la prueba que cursa en el expediente de fs. 1, 2, 3 y 23 consistente en el Parte de Retiro de la Caja Petrolera de Salud, misma que establece que el asegurado ingresó a trabajar el 1 de mayo de 1997, Parte de Ingreso de la misma entidad que evidencia que el beneficiario ingreso a la empresa el 1 de mayo de 1997, el Certificado de trabajo de 4 de junio de 1981, otorgado por el empleador Cable West Coast, que certifica que el asegurado prestó servicios desde el 1 de mayo de 1997, como técnico electrónico, y el Finiquito Laboral de 1 de mayo de 1997, que también evidencia que el beneficiario, ingresó a trabajar el 1 de mayo de 1997, documentación que muestra en forma conexa, concordante, armónica y uniforme que, el asegurado ingresó a trabajar en la empresa Cable West Coast, el 1 de mayo de 1997, documentación que no fue valorada por el SENASIR, arguyendo que el área de Certificación y Archivo Central, el beneficiario no figura en planillas, omisión de valoración probatoria que consecuentemente implica la vulneración del art. 14 del D.S. Nº 27543, al evidenciarse la omisión valorativa de dichas literales probatorias pertinentes que enervan y desvirtúan los argumentos expuestos por la entidad recurrente, no evidenciándose las vulneraciones acusadas por el SENASIR, pues el elenco probatorio documental conexo adjuntado por el beneficiario, no puede ser desconocido por el SENASIR, con el argumento de que en el Área de Certificación y Archivo Central, el interesado “no figura en planillas”; sin considerar que la responsabilidad del manejo, seguimiento y archivo de dicha documentación es del SENASIR, más no del trabajador
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Agrega que, el salario cotizable actualizado es de Bs
- Acusa errónea aplicación de la ley, que viola el debido proceso y crea inseguridad jurídica,
- Aduce que el Auto de Vista no toma en cuenta que para el salario cotizable
- En ese sentido, manifiesta que el Auto de Vista pretende aplicar la normativa del D
- Hace cita del art
- Concluye solicitando:“…se dicte Auto Supremo anulando y/o casando el Auto de Vista N° 097/2018, de
- Jorge Reynaldo Cuadros Anaya mediante escrito de fs
- Mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, fs
- El art
- Las normas constitucionales citadas, establecen que la jubilación es un derecho que goza de protección
- Sobre el tratamiento extraordinario para la certificación de aportes al Sistema de Reparto, el art
- De estas normas legales, se puede deducir que la compensación de cotizaciones al ser un
- El Tribunal Supremo con la finalidad de dilucidar este tipo de problemáticas sociales, ha sentado
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
- En los actuados del caso de análisis, se advierte que, la Comisión Nacional de Prestaciones
- Con relación al tiempo de la densidad de aportes, se evidencia que la Comisión de
- La omisión en la valoración de la documentación antes referida tuvo como consecuencia y la
- Sobre la acusación de errónea interpretación del Manual de Certificación aprobado por R
- Por lo expuesto, corresponde resolver conforme prescribe el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
