Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
Motivos del recurso de casación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 79 a 83, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, representada por su apoderada Claudia Maldonado Encinas, quien argumenta que el Tribunal A quo no tomo en cuenta que CABLE WEST COAST, no certifica el periodo de 05/77, debido a que el asegurado no figura en planillas cursantes en el Área de Certificación, con referencia al periodo de 06/81, no se consideró como periodo ni se otorgó el Salario Cotizable al mismo, en razón a que el interesado trabajo mes incompleto por tanto no es cotizable dando cumplimiento a lo establecido en el Manual de Certificación aprobado por la R.A. N° 299.13 de fecha 31/07/2013 Cap. 11, num. 5 Inciso d), como evidencia la certificación CERT-10-2016-848 a fs. 17, aclara que en la época se traducía el salario en pesos, tomando en cuenta la lógica del beneficiario señala que, se tomó como base su haber mensual, efectuando un cálculo según su interpretación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 79 a 83, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, representada por su apoderada Claudia Maldonado Encinas, quien argumenta que el Tribunal A quo no tomo en cuenta que CABLE WEST COAST, no certifica el periodo de 05/77, debido a que el asegurado no figura en planillas cursantes en el Área de Certificación, con referencia al periodo de 06/81, no se consideró como periodo ni se otorgó el Salario Cotizable al mismo, en razón a que el interesado trabajo mes incompleto por tanto no es cotizable dando cumplimiento a lo establecido en el Manual de Certificación aprobado por la R.A. N° 299.13 de fecha 31/07/2013 Cap. 11, num. 5 Inciso d), como evidencia la certificación CERT-10-2016-848 a fs. 17, aclara que en la época se traducía el salario en pesos, tomando en cuenta la lógica del beneficiario señala que, se tomó como base su haber mensual, efectuando un cálculo según su interpretación
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Agrega que, el salario cotizable actualizado es de Bs
- Acusa errónea aplicación de la ley, que viola el debido proceso y crea inseguridad jurídica,
- Aduce que el Auto de Vista no toma en cuenta que para el salario cotizable
- En ese sentido, manifiesta que el Auto de Vista pretende aplicar la normativa del D
- Hace cita del art
- Concluye solicitando:“…se dicte Auto Supremo anulando y/o casando el Auto de Vista N° 097/2018, de
- Jorge Reynaldo Cuadros Anaya mediante escrito de fs
- Mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, fs
- El art
- Las normas constitucionales citadas, establecen que la jubilación es un derecho que goza de protección
- Sobre el tratamiento extraordinario para la certificación de aportes al Sistema de Reparto, el art
- De estas normas legales, se puede deducir que la compensación de cotizaciones al ser un
- El Tribunal Supremo con la finalidad de dilucidar este tipo de problemáticas sociales, ha sentado
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
- En los actuados del caso de análisis, se advierte que, la Comisión Nacional de Prestaciones
- Con relación al tiempo de la densidad de aportes, se evidencia que la Comisión de
- La omisión en la valoración de la documentación antes referida tuvo como consecuencia y la
- Sobre la acusación de errónea interpretación del Manual de Certificación aprobado por R
- Por lo expuesto, corresponde resolver conforme prescribe el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
