Auto Supremo AS/0766/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2018

Fecha: 20-Dic-2018

La omisión en la valoración de la documentación antes referida tuvo como consecuencia y la

La omisión en la valoración de la documentación antes referida tuvo como consecuencia y la incidencia en la vulneración del art. 14 del D.S. N° 27543 y la R.M. N° 550 de 28 de septiembre de 2005, normas que surgieron para viabilizar y facilitar mecanismos para que los asegurados puedan acceder a una renta otorgada por el SENASIR, evidenciándose que este argumento fue sustentado, motivado y fundamentado por el Tribunal de alzada, instancia que aplicando correctamente los principios de la seguridad social establecidos por los arts. 45 y 67 de la CPE, el art. 24 de la Ley Nº 065, 48 del DS Nº 0822 y 23 del MPRCPA, determinó que el SENASIR, efectúe la certificación de compensación de cotizaciones a favor del interesado; por lo que no es evidente que el Tribunal de alzada, hubiera transgredido o aplicado incorrectamente el art. 14 del D.S. Nº 27543 y la R.M. N° 550 de 28 de septiembre de 2005, menos las normas que dice hubieran sido vulneradas, evidenciándose consecuentemente que corresponde al beneficiario una densidad de aportes de 4 años, 1 mes y 18 días, conforme computó correctamente el Auto de Vista impugnado