Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1111/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1111/2018-RRC

    Fecha: 21-Dic-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 1 de diciembre del 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora particular Vanesa Justiniano Monasterio en su condición de
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 519/2018-RA de 13 de julio,
    • El recurrente haciendo remembranza de la forma de resolución del Auto de Vista impugnado y
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 519/2018-RA de 13 de julio, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
    • SEGUNDO HECHO PROBADO
    • TERCER HECHO PROBADO: Está demostrado, que cuando estos hechos fueron detectados como morosidad de los
    • Pruebas que merecen fe probatoria y creo convicción en el Tribunal sobre su validez, por
    • II.2. Del Auto de Vista impugnado
    • En el tercer considerando del Auto de Vista impugnado, el Tribunal de apelación argumentó que
    • Continúa fundamentando respecto al quantum de la pena, en el cuarto considerando del fallo impugnado,
    • III.1. Análisis del caso en concreto
    • El recurrente acusó que el Auto de Vista impugnado vulneró el debido proceso en su
    • Según lo redactado, este Tribunal entiende que el acusado reclama la errónea aplicación del art
    • “Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados
    • Sobre el cumplimiento del mencionado precepto legal, la amplia jurisprudencia de éste Tribunal, entre otros
    • De la lectura del agravio denunciado por el hoy impugnante, en primer lugar, se tiene
    • En segundo lugar, en cuanto al incumplimiento de los parámetros establecidos por los arts
    • De lo expuesto, este Tribunal no advierte la vulneración del debido proceso en su triple
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca