De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente:
II.1. Del fallo del Tribunal de Sentencia.
Por Sentencia 26/2017 de 13 de junio, el Tribunal Primero de Sentencia de la capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Robert Montenegro Soleto, autor de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más el pago de cien días multa a razón de Bs. 3.- (tres bolivianos) por día y costas a calificarse en ejecución de Sentencia.
Entre los hechos probados el A quo, estableció:
“PRIMER HECHO PROBADO.- Que, es evidente que el acusado Robert Montenegro Soleto, desde el mes de julio de 2012 era encargado de ventas de la empresa AMERICAN CHEMICAL COMPANY SRL, siendo su función recibir y levantar pedidos de los clientes, procesar y hacer aprobar dichos pedidos por el jefe de ventas y una vez aprobado los pedidos, el producto era enviado al cliente en un vehículo de la empresa, otra de las funciones del imputado dentro de la empresa era la de proceder a la cobranza de dinero de algunos clientes, el cual depositaba y reportaba la empresa mencionada de manera diaria. Hechos probados por las declaraciones (…)
- Por memorial presentado el 1 de diciembre del 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora particular Vanesa Justiniano Monasterio en su condición de
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 519/2018-RA de 13 de julio,
- El recurrente haciendo remembranza de la forma de resolución del Auto de Vista impugnado y
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 519/2018-RA de 13 de julio, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
- SEGUNDO HECHO PROBADO
- TERCER HECHO PROBADO: Está demostrado, que cuando estos hechos fueron detectados como morosidad de los
- Pruebas que merecen fe probatoria y creo convicción en el Tribunal sobre su validez, por
- II.2. Del Auto de Vista impugnado
- En el tercer considerando del Auto de Vista impugnado, el Tribunal de apelación argumentó que
- Continúa fundamentando respecto al quantum de la pena, en el cuarto considerando del fallo impugnado,
- III.1. Análisis del caso en concreto
- El recurrente acusó que el Auto de Vista impugnado vulneró el debido proceso en su
- Según lo redactado, este Tribunal entiende que el acusado reclama la errónea aplicación del art
- “Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados
- Sobre el cumplimiento del mencionado precepto legal, la amplia jurisprudencia de éste Tribunal, entre otros
- De la lectura del agravio denunciado por el hoy impugnante, en primer lugar, se tiene
- En segundo lugar, en cuanto al incumplimiento de los parámetros establecidos por los arts
- De lo expuesto, este Tribunal no advierte la vulneración del debido proceso en su triple
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
