Auto Supremo AS/1190/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1190/2018

Fecha: 03-Dic-2018

CONSIDERANDO II

Concluyó el Ad quem que la Sentencia tiene coherencia con las fundamentaciones de la pretensión, y todos los motivos deducidos fueron tomados en cuenta y contestados, por lo que el A quo no infringió normas procesales en la emisión de la Sentencia, además de cumplir con el principio de verdad material y las normas del Código Procesal Civil.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
1. En cuanto a los agravios planteados por la parte recurrente descritos en los puntos 1 y 3 al señalar que el A quo argumenta su decisión al establecer que entre los demandantes y el demandado se dio una intensión de contrato en que se hubieran cumplido los requisitos de formación establecidos en el art. 452 del Código Civil, sin tomar en cuenta que no se ha cumplido todos los requisitos, con relación al objeto considerado como elemento de formación del contrato conforme a los arts. 452 num. 2) y 485 del Código Civil