El Autor del texto “Venta de Cosa Ajena y Evicción” Federico Rodríguez Morata, cita en
El Autor del texto “Venta de Cosa Ajena y Evicción” Federico Rodríguez Morata, cita en la pág. 175 – 184 al tratadista Hugo Donello quien expone sobre los presupuestos esenciales de la responsabilidad por evicción, bajo los siguientes términos: “1ro. La desposesión jurídica del comprador, como primer requisito básico de la evicción, viene determinada por un requisito previo: la traditio, esto es, la efectividad de la transmisión de la res que ha de resultar evicta. 2do. De carácter formal, se centra en la victoria judicial del verus dominus. La importancia de su cumplimiento deriva de ser el cauce adecuado para que, una vez confrontados judicialmente los legítimos derechos de las partes sobre la cosa vendida y declarado por la autoridad judicial la preferencia del derecho del tercero, la privación del derecho del comprador pueda calificarse de evicción y consecuentemente nazca en la esfera del vendedor la obligación legal de responder del daño causado por aquel hecho jurídico. 3ro. El defecto del derecho del vendedor o transmitente, es por tanto, de naturaleza distinta respecto a los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida; de ahí pues, que la responsabilidad resultante sea distinta en uno u otro caso. Además, en la evicción, el vicio no recae tanto en la utilidad de la cosa, sino en el derecho que liga a esta cosa con la persona.”. “La intervención del vendedor en el proceso de evicción aparece más como una carga para el comprador, como una facultad o posibilidad jurídica derivada de la especial declaración de garantía prestada por el vendedor o garante del contrato. En todo caso, la carga de defensa la soportará el propio vendedor que asumió en el contrato la garantía de sostener la legal y pacifica posesión de la cosa adquirida por el comprador”
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Asimismo, Alfredo Soria Ortiz habría utilizado el citado documento para anotar preventivamente la matricula por
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- CONSIDERANDO II
- Solicita se rechace el recurso de casación en todas sus partes y consecuentemente se declare
- CONSIDERANDO III
- Al respecto este supremo Tribunal de Justicia en el Auto Supremo Nº 375/2014 ha orientado
- Argumentos que ciertamente, no merecieron pronunciamiento alguno en segunda instancia, motivo por el cual los
- 2.De la evicción y saneamiento
- Sobre la temática el tratadista Carlos Morales Guillen, al momento de comentar el art
- “La evicción puede ser total (art
- En cuanto al llamamiento al vendedor o citación de evicción contenida en el art
- El Autor del texto “Venta de Cosa Ajena y Evicción” Federico Rodríguez Morata, cita en
- El tratadista Alberto G
- CONSIDERANDO IV
- Hasta aquí, los argumentos planteados por Alfredo Soria Ortiz en su recurso de casación en
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- El recurrente, solicita se anule obrados hasta el Auto de admisión, al haberse admitido la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula horario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
