Auto Supremo AS/1199/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1199/2018

Fecha: 06-Dic-2018

Sobre la temática el tratadista Carlos Morales Guillen, al momento de comentar el art

Sobre la temática el tratadista Carlos Morales Guillen, al momento de comentar el art. 624 y 625 del Código Civil concordado y anotado - págs. 736 - 741, señala que: “No basta al vendedor entregar la cosa al comprador. Debe además asegurar su pacifica posesión, De nada importaría la entrega, si un tercero, alegando mejor derecho o título, se la disputa legalmente al comprador. El vendedor tiene que ser llamado a defender el derecho que ha transmitido porque si evidentemente era propietario de la cosa, nadie mejor que el para repeler la acción del tercero; si no lo era no podía transmitir un derecho que no tenía y consiguientemente debe reparación al comprador”