En la misma línea de análisis, encontramos sobre la violencia ejercida al obtener el consentimiento,
En la misma línea de análisis, encontramos sobre la violencia ejercida al obtener el consentimiento, se debe distinguir la violencia física, que se concreta con el empleo de una fuerza material sobre el sujeto que queda subyugado a la voluntad del otro, y la violencia moral que consiste en inspirar por medio de amenazas o por otro medio un temor que suprima la libre voluntad. Analizando éste último, la violencia moral actúa por la intimidación que altera la normal declaración de la voluntad que vicia el consentimiento, siempre que la amenaza sea injusta, es decir que la intimidación tiene que ser promovida sin derecho e importar la comisión de un acto ilícito; en contrario sensu, cuando aquella intimidación resulta del ejercicio de derechos propios, no puede ser considerada como violencia moral que vicie el consentimiento y de lugar a la anulación del contrato. El art. 481 del Código Civil, regla que: “El uso o amenaza de hacer valer una vía de derecho sólo invalida el consentimiento cuando está dirigida a conseguir ventajas injustas”, por lo que el uso de hacer valer los derechos propios no invalida el consentimiento, salvo que en ese acto jurídico se haya conseguido ventajas injustas, entendiendo que esa ventaja injusta sea inherente al derecho que se pretende
- Partes: Carmen Lidia Panozo Ancalle c/ Elba Nelly Panozo Ancalle
- Distrito: Oruro
- Que, el Juez Quinto Público Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, pronunció la
- Que, además en el proceso no cursa una prueba valedera idónea respecto de la violencia
- Resolución que fue impugnada mediante el recurso de casación que cursa de fs
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- CONSIDERANDO III
- Asimismo el art
- III.2. De la valoración de la prueba
- En el Auto Supremo Nº 1054/2017 de 5 de octubre, respecto a la valoración de
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
- Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de
- III.3. En relación a la interpretación de los contratos
- El art
- Asimismo, el art
- Sobre el tema el Autor Carlos Morales Guillen en su Libro “Código Civil Concordado y
- CONSIDERANDO IV
- Para responder a los reclamos formulados se debe analizar el contrato, de manera general, es
- La doctrina ha vinculado la ineficacia estructural a los casos de nulidad, teniendo como premisa
- En la misma línea de análisis, encontramos sobre la violencia ejercida al obtener el consentimiento,
- Del perfeccionamiento de la compra venta realizada entre Elba Nelly Panozo Ancalle y los ex
- Por lo manifestado y las pruebas existentes en el proceso, se evidencia que la recurrente
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
