Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de
Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de los de instancia en el Auto Supremo N° 240/2015 que: “…respecto a la valoración de la prueba, resulta loable destacar que es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica, según dispone el art. 1286 del Código Civil concordante con el art. 397 parágrafo I de su procedimiento. Ésta Tarea encomendada al Juez es de todo el universo probatorio producido en proceso (principio de unidad de la prueba), siendo obligación del Juez el de valorar en la Sentencia las pruebas esenciales y decisivas, conforme cita el art. 397 parágrafo II del código adjetivo de la materia, ponderando unas por sobre las otras; constituyendo la prueba un instrumento de convicción del Juez, porque él decide los hechos en razón de principios de lógica probatoria, en consideración al interés general por los fines mismos del derecho, como remarca Eduardo Couture”
- Partes: Carmen Lidia Panozo Ancalle c/ Elba Nelly Panozo Ancalle
- Distrito: Oruro
- Que, el Juez Quinto Público Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, pronunció la
- Que, además en el proceso no cursa una prueba valedera idónea respecto de la violencia
- Resolución que fue impugnada mediante el recurso de casación que cursa de fs
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO III
- Asimismo el art
- III.2. De la valoración de la prueba
- En el Auto Supremo Nº 1054/2017 de 5 de octubre, respecto a la valoración de
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
- Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de
- III.3. En relación a la interpretación de los contratos
- El art
- Asimismo, el art
- Sobre el tema el Autor Carlos Morales Guillen en su Libro “Código Civil Concordado y
- CONSIDERANDO IV
- Para responder a los reclamos formulados se debe analizar el contrato, de manera general, es
- La doctrina ha vinculado la ineficacia estructural a los casos de nulidad, teniendo como premisa
- En la misma línea de análisis, encontramos sobre la violencia ejercida al obtener el consentimiento,
- Del perfeccionamiento de la compra venta realizada entre Elba Nelly Panozo Ancalle y los ex
- Por lo manifestado y las pruebas existentes en el proceso, se evidencia que la recurrente
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
