Auto Supremo AS/1231/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1231/2018

Fecha: 11-Dic-2018

b)En cuanto a la violación del art. 265.I del Código Procesal Civil

En consecuencia, habiéndose dispuesto el Tribunal de Garantías que la presente causa sea tramitada en la vía civil y no así ante el Juez de Familia, este Tribunal se ve impedido a realizar mayores argumentos, más cuando el art. 40-I del Código Procesal Constitucional dispone: “Las resoluciones determinadas por una Jueza, Juez o Tribunal en Acciones de Defensa, serán ejecutadas inmediatamente, sin perjuicio de su remisión, para revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo establecido en el presente Código.”
b)En cuanto a la violación del art. 265.I del Código Procesal Civil