Auto Supremo AS/1236/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1236/2018

Fecha: 11-Dic-2018

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3.- Lidia Yola Vicente Carvajal deduce incidente de nulidad (fs. 137 a 138 vta.), el 5 de octubre de 2015, arguyendo que el plazo de cinco días para la proposición de la prueba corre de manera individual para cada una de las partes a partir de su notificación con la resolución que apertura del plazo probatorio, incidente que fue rechazado mediante Auto 512/2015 de 5 de noviembre (fs. 155 a 156), con el fundamento de que no se cumplieron los principios de legalidad o especificidad y de trascendencia para que proceda la nulidad procesal incoada, agregando que la parte demandada convalidó tácitamente el decreto de 23 de junio de 2015 y el Auto de 2 de julio del mismo año, al no haber ejercitado su facultad de impugnarlos, todo en interpretación de los arts. 17.I de la LOJ, 105 y 106.II de la Ley N° 439