Auto Supremo AS/1236/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1236/2018

Fecha: 11-Dic-2018

El demandante en la respuesta al recurso de casación, señaló que las normas procesales son

El demandante en la respuesta al recurso de casación, señaló que las normas procesales son de orden público y deben ser cumplidas a cabalidad, siendo que la falta de diligencia de la parte contraria no puede ser atribuida al Juez a quo, siendo que su demanda reconvencional y su proposición de pruebas fueron presentados fuera de plazo en consideración de los arts. 140 y 379 del Código de Procedimiento Civil; por otra parte, indicó que la parte demandada no propuso prueba legal en ningún momento y que ahora pretende observar prueba que se produjo dentro de plazo probatorio cuando no participó en la inspección ocular ni permitió el ingreso al inmueble, agregando que el juzgador tiene la facultad de ordenar la producción de la prueba que considere necesaria, siendo válida la prueba pericial y la literal producida en el proceso; asimismo, indicó que el recurso de casación no tiene fundamentos de hecho ni derecho para alegar la falta de fundamentación y motivación