a)Denunció que el Auto de Vista N° 14/2018 es casi copia fiel del proyecto de
CONSIDERANDO II:
DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
El recurrente dedujo recurso de casación en la forma y el fondo, señalando los siguientes agravios:
a)Denunció que el Auto de Vista N° 14/2018 es casi copia fiel del proyecto de Auto de Vista N° 142/2016 de 12 de septiembre, cursante de fs. 480 a 483, lo cual conlleva su falta de motivación y fundamentación, vulnerando los arts. 218.I, 213.II y 105.I del Código Procesal Civil, así como los preceptos del debido proceso establecidos en el art. 4 del mismo cuerpo legal, que obligan a realizar la motivación y fundamentación del fallo bajo pena de nulidad, ya que el Tribunal Ad quen si bien pudo hacer suyos los razonamientos de una ex autoridad judicial, esto no significa que puedan transcribir la integridad del fallo
DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
El recurrente dedujo recurso de casación en la forma y el fondo, señalando los siguientes agravios:
a)Denunció que el Auto de Vista N° 14/2018 es casi copia fiel del proyecto de Auto de Vista N° 142/2016 de 12 de septiembre, cursante de fs. 480 a 483, lo cual conlleva su falta de motivación y fundamentación, vulnerando los arts. 218.I, 213.II y 105.I del Código Procesal Civil, así como los preceptos del debido proceso establecidos en el art. 4 del mismo cuerpo legal, que obligan a realizar la motivación y fundamentación del fallo bajo pena de nulidad, ya que el Tribunal Ad quen si bien pudo hacer suyos los razonamientos de una ex autoridad judicial, esto no significa que puedan transcribir la integridad del fallo
- Partes: Jorge Luis D´arlach Amas. c/ Raúl Figueroa Mamani
- Proceso: Reivindicación
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 4
- a)Denunció que el Auto de Vista N° 14/2018 es casi copia fiel del proyecto de
- b)Se incumplió lo ordenado por el Auto Supremo N° 1157/2017, ya que este ordenó que
- c)El Tribunal Ad quem, al valorar los títulos de propiedad presentados como prueba en el
- d)La demanda que dio inicio al proceso es de reivindicación de bien inmueble conforme al
- Finalmente, impetró que se anule el Auto de Vista N° 14/2018 y en su lugar
- El demandado contestó negativamente al recurso de casación señalando que no se ha demostrado la
- Por otra parte, no se aplicó indebidamente los arts
- En su petitorio, el demandante a tiempo de responder al recurso en estudió, solicitó se
- CONSIDERANDO III
- En virtud a lo anterior y sus características singulares, la resolución de cada una también
- Establecido lo anterior, queda claro que el recurso de casación en sus dos formas (fondo
- Por otra parte, desde la vigencia plena de la Ley N° 439 de 19 de
- III.2. Presupuestos de la nulidad procesal
- “La nulidad procesal como una especie de sanción procesal, se halla regida por principios que
- Siguiendo dicho entendimiento, la línea Jurisprudencial sentada por este Tribunal Supremo de Justicia en sus
- En el marco establecido por el fundamento del recurso en análisis, su contestación y la
- Acerca de que se incumplió lo ordenado por el Auto Supremo N° 1157/2017, ya que
- Sobre lo expresado de que el Tribunal Ad quem, al valorar los títulos de propiedad
- Finalmente, respecto a que la demanda que dio inicio al proceso de reivindicación de bien
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
