CONSIDERANDO I
VISTOS: El recurso de casación que cursa de fs. 595 a 598, planteado por Elena Beatriz Ramírez Tórrez Vda. de Antaki, contra el Auto de Vista de 18 de agosto de 2017, saliente de fs. 588 a 592 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso civil de mejor derecho propietario, reivindicación, pago de daños y perjuicios seguido por la recurrente contra la Alcaldía Municipal de Cochabamba y otros, la concesión de fs. 652, Auto Supremo de Admisión de fs. 667 a 668, y lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Freddy Antaki Ebbo con memorial cursante de fs. 23 a 25 vta., interpuso demanda de mejor derecho propietario, reivindicación, pago de daños y perjuicios en contra de la Alcaldía Municipal de Cochabamba, el Concejo Municipal de Cochabamba y presuntos interesados, quienes repelieron la demanda, y opusieron excepciones perentorias de contradicción, improcedencia, inalienabilidad de bien público, falsedad, ilegalidad, falta de acción y derecho, respectivamente; trámite que culminó con la Sentencia de 7 de diciembre de 2007 de fs. 272 a 276 vta., que declaró IMPROBADA la demanda y probada la excepción perentoria de improcedencia
