Auto Supremo AS/1264/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1264/2018

Fecha: 18-Dic-2018

Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,


Tomando en cuenta que en el caso de no haber procedido a la nulidad de obrados se estaría violando lo preceptuado en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, respecto al debido proceso y a la igualdad de las partes toda vez que se estaría causando la indefensión del ultimo propietario registrado en la oficina de derechos reales de la superficie excedente motivo de usucapión, en ese entendido es que se establece que su reclamo no tiene asidero legal.
Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia emitir resolución conforme lo prevé el art. 220.II del Código Procesal Civil