Almanza Zambrana
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1286/2018
Fecha: 20 de diciembre de 2018
Expediente: T-19-18-S
Partes: José Antonio Daza Maita y Martha Almanza Chambi de Daza c/ Dora
Zambrana Vda. de Almanza, Giovanna Ivett, Lionett Fabiola y José Luis
Almanza Zambrana
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1286/2018
Fecha: 20 de diciembre de 2018
Expediente: T-19-18-S
Partes: José Antonio Daza Maita y Martha Almanza Chambi de Daza c/ Dora
Zambrana Vda. de Almanza, Giovanna Ivett, Lionett Fabiola y José Luis
Almanza Zambrana
- Almanza Zambrana
- Proceso: Usucapión decenal
- 2
- 3
- Del mismo modo refirió que la sentencia no es “extra – petita” puesto que la
- Respecto a la posesión como requisito para que opere la usucapión, estableció que, si bien
- Con ese antecedente del referido contrato de compra venta verbal efectuado entre los demandantes y
- CONSIDERANDO II
- 1
- En el sentido que si la minoridad de los codemandados perjudicaría algún derecho propietario que
- Recurso de casación en el fondo
- Petitorio
- Solicitaron anular el Auto de Vista Nº 52/2018 o en su caso ingresando al fondo
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta al recurso
- III. 1. Del principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III. 2. Suspensión de la prescripción por minoridad
- El Auto Supremo 446 /2012 al respecto estableció que: “…En términos generales podemos decir que
- Se dice que el fundamento de la prescripción es de orden público, porque a fin
- Atendiendo al fundamento de la prescripción, si el titular de un derecho durante considerable tiempo
- Doctrinalmente la prescripción se divide en: adquisitiva -usucapión- y, extintiva -liberatoria-
- En ese sentido conviene analizar lo previsto por el art 1493 del citado Código Civil
- Establecido lo anterior corresponde analizar que la norma transcrita determina que la prescripción comienza a
- Precisamente por ello es que el requisito para que comience a correr la prescripción radica
- Cuando la norma señala que el término de la prescripción comienza a correr "desde que
- En otras palabras, mientras exista una causa que jurídicamente impida al interesado hacer valer su
- En ese marco resulta por demás obvio que un menor de edad no tiene jurídicamente
- Recurso de casación en la forma
- Al respecto, se tiene que ambas partes tanto demandantes como demandados tienen el mismo antecedente
- 1. Acusaron vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1493 del Código Civil
- De la revisión de obrados se tiene de fs
- Al respecto existe vasta jurisprudencia que establece que la minoridad suspende la prescripción adquisitiva, así
- En razón a ello, en el caso de Autos no corresponde ni es viable la
- En ese entendimiento, el Auto de Vista estableció que la prescripción comienza a correr a
- Al respecto cabe establecer que los demandantes en el contenido de su demanda refirieron demandar
- Dicho documento de división y partición de lotes de terreno, fue constituido por los herederos
- En ese contexto, la codemandante en su calidad de tía aceptó los términos del documento
- En ese entendido la usucapión alegada supone claramente que la misma no pudo establecerse por
- Establecido todo lo anterior se tiene que no existió ningún error de hecho o derecho
- No hay respuesta al recurso
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
