En el contenido del Auto Supremo Nº 633/2018-RI, de 10 de julio, pronunciado por
En el contenido del Auto Supremo Nº 633/2018-RI, de 10 de julio, pronunciado por esta Sala, se estableció doctrina sobre el contenido de la naturaleza jurídica del recurso extraordinario de casación, en el que se expresó lo siguiente: “El recurso de casación, a través de la doctrina y jurisprudencia, ha sido definido como un recurso extraordinario vertical con presupuestos esencialmente establecidos por ley, que puede ser en la forma (por errores improcedendo o de procedimiento) o en el fondo (errores in iudicando). Por su naturaleza jurídica respondía a diferentes finalidades como ser la nomofiláctica y uniformadora, la primera pues limitaba a este Tribunal única y exclusivamente a un control exacto de la Ley y, la segunda porque los fallos emitidos por este máximo Tribunal de Justicia, al ser fuente directa del derecho, son vinculantes tanto horizontal (auto-vinculantes) como verticalmente (para todas las autoridades que componen el Órgano Judicial)
- Expediente: SC-56-18-S
- El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- II.2. Contestación
- CONSIDERANDO III
- El per saltum, es una locución latina que significa pasar por alto
- En nuestra legislación procesal civil el art
- Si el apelante no postula determinado agravio y ante un Auto de Vista confirmatorio, no
- El “per saltum” procesal implica pasar por alto el sistema recursivo vertical, que no está
- La postura de la prohibición de resolver en “per saltum”, también fue asimilada en la
- III.2 De la naturaleza jurídica del recurso de casación
- En el contenido del Auto Supremo Nº 633/2018-RI, de 10 de julio, pronunciado por
- No debe dejarse de lado que a partir de la vigencia de la actual Constitución
- CONSIDERANDO IV
- En contra de la decisión de primera instancia, los actores plantearon recurso de apelación peticionando
- En conocimiento del recurso de apelación, el Tribunal de Alzada, pronunció el Auto de Vista
- En actuados posteriores cursa el recurso de casación planteado por los actores, que describen como
- En los cargos descritos, se alude que la prueba documental consistente en la querella de
- Asimismo corresponde señalar que en el memorial casacional, los recurrentes al exponer su agravio, refieren
- Finalmente corresponde señalar que el recurrente erró en el planteamiento de su recurso de casación
- Respecto a la contestación al recurso de casación
- Corresponde señalar que este Tribunal no ha ingresado al análisis del fondo de la causa,
- Consecuentemente corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Sala Civil, con
- Se regula honorario profesional del abogado que contestó el recurso en la suma de Bs.1.000
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina
