Auto Supremo AS/0019/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2018-RA

Fecha: 01-Feb-2018

1)El recurrente hace referencia al principio de legalidad señalando que éste debe estar asociado al


1)El recurrente hace referencia al principio de legalidad señalando que éste debe estar asociado al caso concreto de la aplicación de la Ley penal a los demás elementos constitutivos del delito, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad; posteriormente, refiere que la Sentencia y el Auto de Vista incurrieron en errónea aplicación de la Ley sustantiva por que el Tribunal de alzada al confirmar la Sentencia apelada señala que la parte acusadora en el desarrollo del juicio fue capaz de demostrar más allá de la duda razonable su autoría porque su persona firma con AGROBOLIVIA un reconocimiento de deuda, una obligación civil sin considerar lo que señala la acusación cuando refiere que se inició una demanda preliminar de reconocimiento de firma con relación al reconocimiento de deuda, por lo que no existiría un delito; lo grave en este caso se constituye el hecho de que ni el Juez ni el Auto de Vista en sus fundamentos fácticos le acusan por dicho delito por el solo hecho de solicitar una línea de crédito a la empresa AGROBOLIVIA, el mismo que posteriormente con un reconocimiento de obligación de deuda firmado ante notario de fe pública. En consecuencia se advierte que el Juez de Sentencia no valoró los elementos o circunstancias de hecho en ningún momento, como tampoco hace referencia a las atenuantes especiales del caso