3)Asimismo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista al resolver respecto al defecto de
3)Asimismo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista al resolver respecto al defecto de la sentencia, relativo a que se basaría en hechos inexistentes y no acreditados [art. 370 inc. 5) del CPP] cuyo motivo fue: “…QUE LA SENTENCIA INTRODUCE A LA SEÑORITA WENDY VIDAL VAPAUNA COMO VICTIMA DEL DELITO DE ABUSO DESHONESTO si le señorita no ha sido parte del juicio oral y público, ni tampoco este hecho ha sido materia de debate del juicio oral, en virtud que la señorita WENDY VIDAL VAPAUNA mediante declaración jurada voluntaria, indica quiso ayudar a sus primas, y comunica su retiro del juicio. […] La señorita no ha sido parte del juicio, razón por la cual ya no se consideró para nada este supuesto hecho y consiguientemente tampoco se han introducidos las pruebas relativas a este hecho…”. El Auto de Vista al respecto precisaria: “como prueba colateral la no intervención de la señorita WENDY VIDAL VAPAUNA como víctima de abuso deshonesto”. (sic), Razón por la cual, el Auto de Vista sería incongruente y evasivo sin dar una respuesta satisfactoria y que constituye la vulneración al debido proceso por falta la fundamentación. Apoyando sus argumentos a los Autos Supremos 011/2013-RRC de 6 de febrero y “251/2012-RR DE 12 DE OCTUBRE DE 2012”
- Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Braulio Humberto Yurcare Núñez (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista al resolver respecto al defecto de
- 3)Asimismo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista al resolver respecto al defecto de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En ese entendido, respecto al primer motivo el recurrente hace referencia al agravio alegado en
- En cuanto al segundo motivo, se constata que la parte recurrente denuncia que el Auto
- Finalmente como tercer motivo del recurso, el recurrente refiriéndose al agravio alegado en apelación restringida
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
