Auto Supremo AS/0137/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2018-RI

Fecha: 15-Mar-2018

CONSIDERANDO I


VISTOS: El recurso de casación de fs. 306 a 308 vta., interpuesto por Silvio Saldaña Vargas, contra el Auto de Vista Nº 462-17 de fecha 13 de noviembre, cursante de fs. 301 a 302 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de usucapión decenal, interpuesto por el recurrente y Ana María Franco Oyola contra el Banco Unión S.A. y otros; el Auto de concesión del recurso Nº 08-18 de fecha 02 de febrero de 2018 cursante a fs. 315; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base al memorial de solicitud de declaratoria de extinción del proceso por inactividad procesal de fs. 272 a 275 vta., que fue interpuesta por el Banco Unión S.A., representado legalmente por Claudio Daniel Humberto Ibáñez Hernández y/o Luz Jacqueline Zabala Saldía y/o Rodrigo Aldo Vedia Espinoza, el Juez Público en lo Civil y Comercial Nº 12 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra emitió el Auto Definitivo Nº 439 de fecha 12 de julio de 2017 que cursa a fs. 276 y vta., declarando PROBADO el incidente de extinción del proceso por inactividad procesal, en consecuencia ordenó el archivo de obrados y el levantamiento de las medidas cautelares que se hubiera dispuesto dentro del proceso. Con costas y costos a la parte demandante