Respecto al caso en análisis, inicialmente es preciso establecer la normativa penal aplicable, en este
Respecto al caso en análisis, inicialmente es preciso establecer la normativa penal aplicable, en este sentido se debe observar que el art. 180.II de la CPE, señala: “Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales.”; por otro lado el art. 124 del CPP, establece: “Las Sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados. Expresarán los motivos de hecho y derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba. La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes.”; el art. 398 del CPP, establece: “Los Tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados en la resolución”; a su turno el art. 399 del CPP, advierte: “Si existe defecto u omisión de forma, el tribunal de alzada lo hará saber al recurrente, dándole un término de tres días para que lo amplíe o corrija, bajo apercibimiento de rechazo. Si el recurso es inadmisible lo rechazará sin pronunciarse sobre el fondo”
- a)Por Sentencia 10/2015 de 2 de marzo (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 582/2017-RA de 10 de agosto,
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 582/2017-RA de 10 de agosto, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 10/2015 de 2 de marzo (fs
- Llegándose a probar que el 5 de agosto del 2012, Juan Carlos Rodríguez Castro, denuncia
- Finalmente, se ha probado que Mariano Herbas Tandique, había cometido el delito de Abuso Deshonesto
- Siendo notificado el 2 de marzo de 2015, Mariano Herbas Tandique, interpuso recurso de apelación
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- III.1.Sobre el plazo procesal para formular el recurso de apelación restringida
- El Código de Procedimiento Penal en su art
- En ese contexto, esta temática fue desarrollada por este Tribunal Supremo de Justicia en el
- Conforme lo señalado, queda establecido que el plazo para la interposición de un recurso de
- III.2. El principio de impugnación
- Respecto al caso en análisis, inicialmente es preciso establecer la normativa penal aplicable, en este
- Asimismo, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su art
- Por su parte, el art
- Ahora bien, conforme lo desarrollado, se debe entender que, un mal cómputo de plazos podría
- De la revisión del motivo en examen y que fue admitido por flexibilización, en
- Por otra parte, del cargo de presentación cursante a fs
- Sin embargo, el Tribunal de alzada, sin mayor argumentación, indicó que no se cumplieron con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
