Auto Supremo AS/0166/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0166/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

El recurrente denuncia que en el juicio oral se demostró con prueba idónea los delitos


El recurrente denuncia que en el juicio oral se demostró con prueba idónea los delitos de Peculado e Incumplimiento de Deberes; sin embargo, los juzgadores no valoraron las pruebas aportadas en el momento de emitir Sentencia, por lo que impugnó en recurso de apelación restringida la insuficiente fundamentación fáctica, probatoria y jurídica; empero, el Tribunal de alzada vulneró el debido proceso y a la seguridad jurídica por cuanto: i) Emitió una resolución sin fundamentación y motivación jurídica, al declarar la improcedencia del recurso de apelación restringida y confirmar la Sentencia con relación a la absolución por el delito de Peculado de forma totalmente incoherente y fuera de contexto jurídico, sin cumplir lo señalado por el art. 124 del CPP, no observando que la Sentencia simplemente se abocó a realizar una relación de los hechos y no así del derecho, no se aplicó la sana crítica ni la lógica en el análisis de los hechos, resultando los fundamentos del Auto de Vista impugnado, contrarios al ordenamiento jurídico a los principios constitucionales de contar con una Sentencia justa, oportuna y acorde a los hechos demostrados en juicio; ii) La Sentencia como el Auto de Vista impugnado, carecen de fundamentación y motivación en contravención al art. 173 del CPP, frente a delitos de corrupción que provoca daño económico afectando al patrimonio del Estado; por cuanto, no señalan cuáles las pruebas que eximirían de responsabilidad por el delito de Peculado, ni establecen los fundamentos de hecho y de derecho para determinar la absolución, sin tomar en cuenta los contratos administrativos, aspectos no observados por el Tribunal de alzada; iii) Denuncia defectuosa fundamentación en cuanto a su denuncia, de que la Sentencia carece de fundamentación; en cuanto, a los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP; puesto que, no aplicó correctamente la dosimetría referente a las agravantes y atenuantes, que constituye un derecho de las partes a conocer las razones en virtud de las cuales se toma una determinada decisión, omisión que vulnera los derechos a la seguridad jurídica y tutela judicial efectiva, por el evidente desajuste entre el fallo y los términos planteados en el recurso de apelación restringida