Auto Supremo AS/0167/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 28/14 de 25 de septiembre de 2014 (fs. 1044 a 1063 vta.), el Juez Octavo de Sentencia Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Ninoska Jhovanka Toro Espada, autora y culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión y mil días multa a razón de Bs. 2.- por día, con costas averiguables en ejecución de sentencia; por otra parte, Pascual Limachi Gonzales fue absuelto del delito endilgado en su contra.

b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Luis Ramiro Zárate Gumucio (fs. 1082 a 1084 vta.), y la imputada Ninoska Jhovanka Toro Espada (fs. 1086 a 1092), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista 45 de 14 de julio de 2015 (fs. 1113 a 1116 vta.), que fue dejado sin efecto, por Auto Supremo 236/2017-RRC de 21 de marzo (fs. 1206 a 1212); a cuyo efecto, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 40 de 10 de julio de 2017, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; por ende, confirmó la Sentencia apelada