Auto Supremo AS/0100/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2018

Fecha: 16-Abr-2018

La Juez 1ro de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba,

La Juez 1ro de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, mediante resolución de 21 de mayo de 2012, admitió la demanda laboral. FABOCE, mediante su representante, por escrito de fs. 22 a 26, interpuso excepción perentoria de pago y contestó en forma negativa a la pretensión de la parte actora. Cumplidas las formalidades procesales, la autoridad judicial de primera instancia el 25 de octubre de 2012, emitió la Sentencia cursante de fs. 122 a 125 declarando probada en parte “…la demanda…(…)… en lo que respecta al pago de beneficios sociales de indemnización, desahucio, aguinaldo por el año 2012 por dos duodécimas, primas por el año 2011 por dos duodécimas y 20 días, sueldo adeudado del mes de febrero de 2012”; improbada en los demás puntos demandados; probada en parte la excepción perentoria de pago. El monto total a cancelar, menos el pago a cuenta es de Bs100.048,80