Auto Supremo AS/0108/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2018

Fecha: 16-Abr-2018

AGOS

De una revisión minuciosa de las papeletas de pago y demás documentación, referida a los meses de abril/2014 a enero/2015 se clarifica los siguientes aspectos:


MES
DÍAS TRABAJADOSSUELDODOCUMENTOS DE RESPALDO
EVENTUALIDADES

ABRIL
2014
30 DÍAS
Bs18.828,18
Boleta de fs.14En este mes, no obstante haber sufrido el accidente de trabajo, su remuneración fue alta, esencialmente por que el trabajador llegó a acumular varias horas extras, conforme se acredita en su boleta de pago.


MAYO
2014

30 DÍAS

Bs10.203,35

Boleta de fs. 15Si bien se mantuvo inalterable los Bs103,05 que le corresponden por jornada de trabajo, al haber sido dado de baja por 11 días, a consecuencia del accidente, no pudo acumular la cantidad de horas extras, como ocurrió en el mes anterior, siendo esta la razón principal para la disminución de su remuneración. (Ver fs. 95)

JUNIO
2014
Bs9.745,71;
Boleta de fs. 15
En virtud a la documentación de fs. 119, se acredita que en este mes fue declarado en comisión, por ello no se consigna días trabajados.

JULIO
2014
Bs10.942,62
Boleta de fs. 16
En mérito a la documentación de fs. 118, se acredita que fue declarado en comisión.

AGOS