En coherencia con lo trascrito, teniendo presente que doctrinalmente existen dos formas de interpretar una
Realizando una interpretación, conforme a la Constitución y desde la Constitución Política del Estado, es imperativo tener presente que el art. 48 de la norma fundamental refiere: “I. Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio. II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador. III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos”
En coherencia con lo trascrito, teniendo presente que doctrinalmente existen dos formas de interpretar una disposición legal, la primera se denomina interpretación in abstracto, que se caracteriza por realizar una interpretación sistemática y exegética del contenido de un determinado precepto legal, la segunda se la identifica como interpretación in concreto, es decir aplicando su contenido a un caso concreto
En coherencia con lo trascrito, teniendo presente que doctrinalmente existen dos formas de interpretar una disposición legal, la primera se denomina interpretación in abstracto, que se caracteriza por realizar una interpretación sistemática y exegética del contenido de un determinado precepto legal, la segunda se la identifica como interpretación in concreto, es decir aplicando su contenido a un caso concreto
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por Donato Morochi Villca, cursante de fs
- En mérito de estos antecedentes, el referido ex trabajador interpuso demanda laboral contra Huanuni, pidiendo
- I.2. Auto de Vista
- Donato Morochi Villca, contra la referida decisión, por escrito de fs
- En consecuencia al haber sido sufrido el accidente el 27 de abril de 2014, correspondía
- Se incurrió en error de hecho y de derecho al momento de valorar determinada prueba
- En su petitorio pide que este Tribunal case el auto de vista objeto del recurso
- En mérito de los antecedentes antes citados, teniendo presente que el art
- El Decreto Supremo (DS) 1592 de 19 de abril de 1949, en su art
- En coherencia con lo trascrito, teniendo presente que doctrinalmente existen dos formas de interpretar una
- El señor Donato Morochi Villa, ingresó a trabajar a la Empresa Minera Huanuni el 7
- En el intermedio de estas dos fechas, más específicamente el 27 de abril de 2014,
- AGOS
- Boleta de fs
- SEPT
- OCT
- NOV
- Boleta de fs116-2Mediante documental de fs
- DIC
- FEB
- MAR
- En estricto cumplimiento del principio de verdad material, de lo ampliamente explicado, se concluye en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
