Auto Supremo AS/0108/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2018

Fecha: 16-Abr-2018

MAR

2015
En fecha 26 de febrero de 2015, por escrito de fs. 52, solicita reactivación de la relación laboral, situación que se dio curso, conforme se acredita en el informe jurídico de fs. 53 a 54, documento en el cual se precisó: “Se aclara que por el tiempo que duró la suspensión temporal de la relación laboral, no procede ningún tipo de pago o remuneración”. Siendo esta la razón por la cual en el mes de febrero el trabajador no percibió ninguna remuneración.


MAR