Auto Supremo AS/0216/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2018

Fecha: 04-Abr-2018

…(iii) También existe carencia actual de objeto cuando se presenta cualquier otra situación que haga

…(iii) También existe carencia actual de objeto cuando se presenta cualquier otra situación que haga inocua la orden de satisfacer la pretensión de la tutela. En efecto, es posible que la carencia actual de objeto no se derive de la presencia de un daño consumado o de un hecho superado sino de otra circunstancia que determine que, igualmente, la orden del juez de tutela relativa a lo solicitado en la demanda de amparo no surta ningún efecto, como cuando las circunstancias existentes al momento de interponer la tutela se modificaron e hicieron que la parte accionante perdiera el interés en la satisfacción de la pretensión solicitada o ésta fuera imposible de llevar a cabo...” (El resaltado nos corresponde)