Auto Supremo AS/0218/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Si bien lo acusado resulta evidente, es decir la existencia el error o lapsus

Si bien lo acusado resulta evidente, es decir la existencia el error o lapsus al momento de consignar la fecha en el decreto de fecha 23 de febrero de fs. 567 vta., que es anterior a la sentencia de fecha 22 de febrero, empero este Tribunal ha delineando abundante jurisprudencia en sentido que la sola presencia de un defecto no implica su nulidad procesal, esto en el entendido que se debe analizar la trascendencia de aquel defecto para determinar si incide en el fondo de la litis o genera indefensión a las partes, debido a que nuestro actual modelo de justicia no concibe al proceso como un fin en sí mismo, sino que es un medio para el reconocimiento de un derecho, ya que la finalidad del proceso no es la perfección procesal sino la solución al conflicto jurídico, partiendo del citado antecedente como se dijo el tópico acusado resulta irrelevante para el fondo de lo debatido, debido a que ese lapsus en la fecha del decreto en primer lugar no afecta de ninguna manera al fondo de la litis, asimismo ese error por su sola presencia no causa indefensión a ninguna de las partes, por cuanto al ser intrascendente su alegación en apego del principio de protección de los actuados y trascendencia no corresponde acoger su solicitud de nulidad procesal