Auto Supremo AS/0220/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

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2.Reclama la recurrente que no se valoraron los certificados de nacimiento, REJAP, certificado de antecedentes de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), también observa la declaración de sus testigos; ya que, simplemente se hizo una relación escueta mencionando que no aportaron nada a la averiguación histórica de los hechos. De la lectura de la Sentencia se tiene que en el punto 5, Documentales de descargo, los Jueces dicen que dichos documentos han sido tomados en cuenta, para la determinación de la pena lo que es evidente para disponer diez años de privación de libertad, se tuvo en cuenta que es madre de dos hijos menores y que no cuenta con antecedentes policiales. De lo descrito, refirió que si se tomó en cuenta y fueron valorados dichos documentos de otro modo no se lo haya dado la pena mínima. En cuanto, a la declaración de testigos de descargo respecto a que existiría una relación escueta, de la lectura se constata que el Tribunal relata lo que dijeron los testigos de descargo, entre las versiones está que los tres dijeron no conocer nada del hecho, pues dicen que conocen a Marisela Morizet pero no saben del hecho que se investiga, pues sino conocen el hecho poco o nada pueden aportar a la averiguación de la verdad, así lo entendieron al referir que fue irrelevante el testimonio, por no conocer el hecho cuya verdad se busca