Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0224/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0224/2018-RRC

    Fecha: 10-Abr-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 642/2017-RA de 8 de agosto,
    • El recurrente hace una relación de los antecedentes del proceso, explica los requisitos del recurso
    • Invoca como precedentes contradictorios al Auto de Vista impugnado, los Autos Supremos 189/2012-RRC de 8
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que se admita el recurso y se deje sin efecto el Auto
    • I.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 642/2017-RA de 28 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación,
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 05/2013 de 20 de marzo, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra la mencionada Sentencia, Oscar Alejandro Villalba Zenteno, interpuso recurso de apelación restringida, refiriendo que
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
    • En el presente proceso penal fue admitido el recurso de casación interpuesto por Oscar Villalba,
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 189/2012 de 8 de
    • Siendo evidente la infracción de la norma penal adjetiva, en la que incurrió el Tribunal
    • Y por otro lado se invocó también el Auto Supremo 164/2012 de 4 de julio,
    • Bajo este preámbulo corresponde verificar si existe contradicción entre los precedentes citados, por lo que
    • ii)Como segundo agravio, denunció la errónea valoración de la prueba, que habría incurrido la juzgadora,
    • Con relación a que el Tribunal de alzada al resolver los agravios interpuestos en apelación
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca