I.2. Motivo del recurso de casación
a) Por Sentencia 05/2013 de 20 de marzo (fs. 126 vta. a 129), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Oscar Alejandro Villalba Zenteno y Mauricio Villalba Zenteno, autores y culpables de la comisión del delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283 del CP, imponiendo la pena de seis meses de reclusión, más el pago de ciento cincuenta días multa a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, con costas, siendo absueltos de pena y culpa por el delito de Injuria.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Oscar Alejandro Villalba Zenteno (fs. 144 a 145), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 08/2017-SP1 de 17 de febrero, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada, motivando la interposición del recurso de casación.
I.2. Motivo del recurso de casación
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.2. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 642/2017-RA de 8 de agosto,
- El recurrente hace una relación de los antecedentes del proceso, explica los requisitos del recurso
- Invoca como precedentes contradictorios al Auto de Vista impugnado, los Autos Supremos 189/2012-RRC de 8
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se admita el recurso y se deje sin efecto el Auto
- I.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 642/2017-RA de 28 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación,
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 05/2013 de 20 de marzo, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, Oscar Alejandro Villalba Zenteno, interpuso recurso de apelación restringida, refiriendo que
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- En el presente proceso penal fue admitido el recurso de casación interpuesto por Oscar Villalba,
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2.Análisis del caso concreto
- A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 189/2012 de 8 de
- Siendo evidente la infracción de la norma penal adjetiva, en la que incurrió el Tribunal
- Y por otro lado se invocó también el Auto Supremo 164/2012 de 4 de julio,
- Bajo este preámbulo corresponde verificar si existe contradicción entre los precedentes citados, por lo que
- ii)Como segundo agravio, denunció la errónea valoración de la prueba, que habría incurrido la juzgadora,
- Con relación a que el Tribunal de alzada al resolver los agravios interpuestos en apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
