ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 824 a 832 interpuesto por María Dionicia Mamani Balboa contra el contra el Auto de Vista Nº S-293/2016 de 26 de julio, cursante de fs. 799 a 800 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso sobre nulidad de acuerdo transaccional seguido por Angélica y Germán Marco Mendoza Espinoza contra la recurrente, la concesión de fs. 845 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.-La Jueza Cuarto de Partido de Familia de la ciudad de El Alto –La Paz, pronunció Sentencia Nº 232/2015 de 25 de marzo cursante de fs. 708 a 714 vta., declarando Probada la demanda de fs. 18 y vta., subsanada a fs. 25 y vta., 36, 40, 42, ratificación de fs. 58, Improbada la excepción de cosa juzgada e Improbada la demanda reconvencional de daños y perjuicios interpuesta por María Dionicia Mamani Balboa mediante memorial de fs. 91 a 93 en consecuencia declara nulo el acuerdo transaccional suscrito el 11 de agosto de 2011 cuyo Testimonio cursa de fs. 37 a 39 de obrados
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
- De la respuesta al recurso de casación
- En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica oneroso de la transacción
- El art
- Al respecto el tratadista Guillermo Borda con relación a la naturaleza jurídica de la transacción
- III.2. Respecto de la liberalidad sucesoria
- En el Auto Supremo No
- III.3. Respecto a la excepción de cosa juzgada
- En el Auto Supremo Nº 340/2012 de 21 de septiembre, este Tribunal ha razonado lo
- Al respecto, Rafael Martínez Sarmiento identifica tres identidades clásicas que son: Idem corpus, que es
- De la misma forma hace Hugo Alsina, que identifica tres elementos importantes para la procedencia
- CONSIDERANDO IV
- c)
- Actualmente, el bien inmueble ostenta la extensión de 520 m2, que ha sido objeto de
- Con relación a las pruebas, como la confesión provocada de fs
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
