Auto Supremo AS/0251/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

El imputado a más de presentar en juicio documental sobre su trabajo y domicilio, presentó


A las 03:00 a.m. del 23 de marzo de 2015, en situación de que la víctima era velada en su domicilio, los familiares indagaron por las causas de la muerte, ocurriendo que ante la no existencia de un certificado médico decidieron dar parte a las autoridades del SLIM, ello con el antecedente de existir lesiones en el cuerpo de la víctima por los golpes recibidos noches anteriores. La mañana de ese día, bajo la orden del Ministerio Público, un equipo multidisciplinario se trasladó al domicilio de la occisa, verificando la existencia de lesiones en el cuerpo de la víctima.

La tarde del 23 de marzo de 2015, previo requerimiento fiscal, se realizó la autopsia de ley en el cuerpo de Anita Condori Llanos, evidenciándose: varias lesiones equimóticas en la cabeza los brazos y el tórax, además de “infiltrado hemático coagulado en la cara interna de ambos colgajos…masa encefálica congestiva, puntillado micro hemorrágico (edema cerebral)” [sic]; concluyéndose: “por las livideces encontradas supone una data de muerte de más de 10 horas, teniendo en cuenta la hora del fallecimiento. La muerte fue ocasionada como consecuencia de haber sufrido, varios golpes en la cabeza, animadas por una fuerza vital provocando lesiones mortales dentro del cráneo, ocasionando muerte posterior. Todas las lesiones manifestadas en la autopsia son de carácter vital análogas a lo que podrían haber sido ocasionadas por contusión traumática en forma directa y tangencial a la superficie comprometida, causa de la muerte traumatismo cráneo encefálico grave, policontusa” (sic)

El imputado a más de presentar en juicio documental sobre su trabajo y domicilio, presentó prueba pericial sobre los documentos de prueba de cargo, fotografías del protocolo de autopsia, historia clínica e informes médicos, brindando en conclusión un informe médico legal que determinó como causa de la muerte “SHOCK hipovolémico, hemorragia digestiva alta, ingesta de bebidas alcohólicas”(sic)