Auto Supremo AS/0251/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

En este punto específico, de nueva cuenta se advierte la no semejanza de argumentos entre


En este punto específico, de nueva cuenta se advierte la no semejanza de argumentos entre la defectuosa valoración de la prueba denunciada en apelación restringida (fs. 342 vta. y 343) y los argumentos que visten al motivo de casación (fs. 417 a 421), pues el recurrente a título de falta de fundamentación, pretende ampliar su argumentación en este estadio procesal. El caudal argumentativo puesto a consideración del Tribunal de alzada, sobre este particular, es mínimo, el planteamiento ronda, la sola inconformidad y anuncia muy implícitamente el desarreglo con la valoración de la prueba, expresando por ejemplo “…la declaración de los testigos de cargo, que en realidad ninguno de ellos manifiesta la participación mía de manera consiente sobre el hecho, esta falta de prueba excluye a mi persona como responsable del hecho” (sic). Este aspecto fue percibido por el Tribunal de apelación, que en respuesta dio por evidentes aquellas falencias y anunció su imposibilidad de entrar a un nuevo análisis de la prueba, así como, expuso que ante la inconsistencia en el argumentos del recurso (no se precisó cuál la o las atestación se creyeron erróneamente valoradas y el porqué de esa creencia) y al no invocarse cual el elemento de la sana crítica hubiera sido transgredido por el Tribunal de Sentencia, no podía dar mérito a la pretensión del en ese momento apelante