Auto Supremo AS/0255/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

Por otra parte, si bien se afirma en el recurso de casación que no existiese


Como se puede advertir, se fundamentó respecto a las circunstancias que motivaron se asuma la decisión de imponer la pena impuesta al recurrente, por lo que el presente motivo deviene en infundado.

Por otra parte, si bien se afirma en el recurso de casación que no existiese una adecuada interpretación de los alcances de los arts. 37, 38 y 40 del CP; de simple lectura al párrafo en cuestión, se puede denotar la absoluta generalidad del mismo, pues el recurrente en su pretensión no decanta en un agravio específico y concreto, resultando ambigua y específica la afirmación utilizada; toda vez, que el art. 37 difiere de los alcances y contenidos del art. 38 y ambos del art. 39. En ese entendido, al no haberse fundamentado sobre porqué se considera que existió una errónea interpretación de los preceptos legales citados sumada esta situación a la generalidad y ambigüedad antes descrita, impiden a esta Sala ingresar a realizar su función resultando el presente motivo al igual que el anterior, en infundado