Auto Supremo AS/0125/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2018

Fecha: 07-May-2018

El SENASIR, mediante su representante, contra el referido Auto de Vista, interpuso recurso de casación

El SENASIR, mediante su representante, contra el referido Auto de Vista, interpuso recurso de casación en el fondo, argumentando que:
El Tribunal de Alzada habría vulnerado lo dispuesto en el art. 140 del Código de las Familias que dispone: “La libertad de estado consiste en que ambas personas no deben tener ningún vínculo de matrimonio o de unión libre vigente”. En el caso de autos la señora Esther Hurtado de Cuba antes de contraer matrimonio con Antonio Cuba Yulhe tenía dos partidas de matrimonio vigentes, aspecto que se acredita por la prueba documental cursante en obrados