Auto Supremo AS/0185/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2018

Fecha: 07-May-2018

Sin embargo de lo anterior, se debe tener presente que, conforme a la segunda parte

Sin embargo de lo anterior, se debe tener presente que, conforme a la segunda parte del art. 124 del Código Procesal del Trabajo, la falta de respuesta a la demanda “constituye un grave indicio en contra del demandado”