Auto Supremo AS/0199/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2018

Fecha: 07-May-2018

En mérito a ello, el SENASIR ha advertido que la solicitante no figura en las

En mérito a ello, el SENASIR ha advertido que la solicitante no figura en las planillas, inclusive se revisó considerando su apellido de casada y que la documentación presentada por la interesada en el recurso de reclamación, corresponde a su esposo, el asegurado Alberto Castedo Castedo, como titular de una renta y asegurado a la Caja de Salud, existiendo por el contrario inconsistencia en el formulario de afiliación a la Caja Ferroviaria de Salud-RO en abril de 1985, porque no se trata de un periodo reclamado por la interesada; además, el certificado de aportes emitido por la Empresa Ferroviaria Oriental S.A., (01/1970 a 04/1997), consigna los descuentos del 2,5% al Fondo de Pensiones Básicas, evidenciando inconsistencia en la tasa de aportes de estos periodos, mientras que los los formularios del Fondo Complementario de S.S., Ferroviario Red Oriental, consignan como fecha 30 de octubre de 1997, por lo que no se certifica los periodos reclamados, estableciéndose que el nombre de la solicitante, no figura en las planillas de los periodos 01/1970 a 04/1997 de esa Empresa, advirtiéndose también de la revisión del Sistema Informático DPINFO, que no existe registro de afiliación a ningún ente gestor