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    Auto Supremo AS/0282/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0282/2018-RRC

    Fecha: 07-May-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia S-11/2016 de 15 de marzo (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Germán Freddy Juchani Quispe (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 719/2017-RA de 18 de septiembre, se
    • Solicita que el recurrente, se deje sin efecto la resolución impugnada
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 719/2017-RA de 18 de septiembre, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
    • También hubiese incurrido en el defecto de Sentencia previsto por el inc
    • II.2. Del Auto de Vista impugnado
    • El recurso referido fue resuelto por Auto de Vista impugnado, emitido por la Sala Penal
    • b
    • En el punto 3ro del considerando IV, resuelve los agravios planteados; en cuanto a la
    • En cuanto a la falta de valoración concreta y explícita de cada prueba, refiere que
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecido
    • “El art
    • En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
    • El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
    • Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum quantum
    • Debemos entender que la obligación de pronunciarse sobre todos los motivos en los que se
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • El recurrente denunció que el Tribunal de apelación no se pronunció sobre los tres agravios
    • 1
    • La identificación del primer agravio planteado, no es correcta; toda vez, que en el primer
    • 2
    • Lo cual evidencia que el Tribunal de apelación al igual que en el primer aspecto
    • Por lo expuesto, este Tribunal evidencia la infracción del principio tantum devolutun quantum apellatum denunciada
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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