Auto Supremo AS/0282/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

Debemos entender que la obligación de pronunciarse sobre todos los motivos en los que se


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Debemos entender que la obligación de pronunciarse sobre todos los motivos en los que se fundó un recurso, tiene la finalidad de cumplir el parámetro de una resolución completa, lo cual supone a la vez, que un fallo para cumplir con el mismo, debe referirse tanto al hecho como al derecho; al referirse al hecho -circunstancias alegadas por el apelante-, el Tribunal de alzada tiene el deber de identificar de manera correcta el agravio alegado, a fin de emitir su fallo de manera coherente con los argumentos expuestos en un determinado recurso, resolviendo cada circunstancia alegada de forma separada, puntual y precisa, no hacerlo de esa manera o exponer fundamentos generales, evasivos, vagos o imprecisos, implica también incurrir en incongruencia omisiva, pues deja a las partes en estado de indeterminación respecto a la proposición jurídica realizada, vulnerando el debido proceso en su elemento del derecho a recibir una respuesta fundamentada, así como la inobservancia de los arts. 124 y 398 de la norma adjetiva penal, convirtiendo la decisión asumida por el de alzada, en arbitraria que amerita ser castigada dejando sin efecto la resolución impugnada