Auto Supremo AS/0305/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2018-RA

Fecha: 14-May-2018

IV.3. Recurso de casación de Gonzalo Ariel Vásquez Ríos





IV.3. Recurso de casación de Gonzalo Ariel Vásquez Ríos:

La parte recurrente como primer motivo de su recurso de casación denuncia que el Tribunal de alzada vulneró su derecho al debido proceso en su elemento derecho a las resoluciones congruentes, afectando su derecho y garantía constitucional a la tutela judicial efectiva, por lo tanto la concurrencia de defectos absolutos. En atención de que ha momento de resolver el primer motivo del recurso de apelación restringida del acusado Cristian Fabricio Vedia Saavedra, el Tribunal de alzada, hubiese considerado aspectos ajenos a lo reclamado, referentes a la valoración probatoria, por lo que el Auto de Vista impugnado hubiese ingresado en incongruencia aditiva e incongruencia externa por notoria contradicción en cuanto a la resolución del primer motivo de apelación restringida del acusado, a lo que el Tribunal de alzada, al momento de emitir resolución en el fondo de mutuo propio incluye una segunda modificación no acusada por el apelante.

En cuanto a este primer agravio se tiene el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP; es decir, la invocación de los Autos Supremos 431/2005 de 15 de octubre y 550/2016-RRC de 15 de julio, en calidad de precedentes contradictorios, y precisar cuál la contradicción que se pretende sea resuelta con relación al Auto de Vista impugnado, constituyendo elementos suficientes que permiten disponer la admisibilidad para la verificación del agravio traído en casación.

Sin embargo de la revisión del Auto Supremo 205/2015-RRC de 27 de marzo, se advierte que fue resuelto como infundado, por lo que no contiene doctrina legal aplicable, imposibilitando su consideración a efectos de contraste