Por Sentencia 005/2017 de 1 de febrero, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
Por Sentencia 005/2017 de 1 de febrero, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró al imputado Esteban Condori Alejo, absuelto de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, destacando en primer término que en la acusación se dio cuenta que los dos lotes en cuestión a la fecha no existen, no fueron vistos por los acusadores, nunca fueron entregados y fueron objeto de sonsacamiento de Bs. 20.000.- y que el 22 de septiembre de 2013, se produjo el destrozo del muro supuestamente en el tercer lote; quedando demostrado en juicio, que las declaraciones de las propias víctimas y testigos principalmente, nunca refirieron esos extremos de la acusación sobre la situación real de los dos lotes y además de un tercer lote donde supuestamente hubiese ocurrido el hecho, de modo que los dos acusadores nunca demostraron con prueba alguna ser primeros dueños de ese tercer lote al no existir documento alguno que demuestre su derecho propietario, pues claramente expresan en su acusación que supuestamente las autoridades verdaderas les hubieran entregado, pero en el juicio nunca se vio como testigos esas supuestas autoridades a declarar sobre ese extremo, menos se demostró dónde se encontraría ese tercer lote, en qué zona, en qué calle, quiénes son los colindantes, en qué condición les hubiesen entregado, de lo que se colige que esa posición unilateral de los acusadores al no ser probada por prueba alguna carece de todo sustento probatorio
- Por memorial presentado el 24 de julio de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 005/2017 de 1 de febrero (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Los recurrentes después de referir el hecho que motivó la acusación contra el imputado, observan
- Alegan que el Auto de Vista recurrido, no se manifestó sobre el defecto de sentencia
- Argumentan que la Resolución ahora impugnada, no posee la fundamentación legal exigible de conformidad al
- Argumentan, que el Tribunal de apelación vulneró el art
- Los recurrentes solicitan que previa admisión de su recurso, se determine la nulidad del Auto
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 005/2017 de 1 de febrero, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2. Del recurso de apelación restringida y su resolución
- III
- Antes de analizar los precedentes invocados por los recurrentes, es preciso acudir al razonamiento establecido
- En la misma línea, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto, respecto a los
- La pretensión de los recurrentes de dejarse sin efecto el Auto de Vista impugnado, contiene
- Por otra parte, invocan el Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006, emitido
- Que los supuestos de errónea aplicación de la ley adjetiva se refieren: a) a los
- Al haber incurrido el Tribunal Unipersonal de Sentencia en `error injudicando´ al condenar al imputado
- La precisión de los hechos que generaron la doctrina legal aplicable en los precedentes invocados
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
