Auto Supremo AS/0319/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2018

Fecha: 02-May-2018

En cuanto a la procedencia de la nulidad de la causa hasta la admisión de

En cuanto a la procedencia de la nulidad de la causa hasta la admisión de la demanda porque la demanda no se encuentra debidamente cuantificada, reclamada por el demandado - recurrente, este argumento se debe considerar que dentro la actual legislación donde la cuantía tenida presente con fines de atribuir la competencia de los despachos judiciales ha desaparecido con motivo de que son los jueces públicos que actualmente conocen las causas reales, personales y/o mixtas en general sin distinción de cuantía, por lo que resulta totalmente intrascendente reclamar un aspecto vinculado a la cuantía de la causa, deviniendo en infundado su reclamo