Auto Supremo AS/0328/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2018

Fecha: 02-May-2018

Al respecto el art

En general podemos decir que hay contrato administrativo cuando una de las partes contratantes es un órgano de la administración pública, el objeto y fin del contrato está orientado a la satisfacción de alguna necesidad o bien común o es de interés general de la comunidad, lo que determina una regulación especial.
Al respecto el art. 47 de la Ley Nº 1178 en su parte final señala que "son contratos administrativos aquellos que se refieren a contratación de obras, provisión de materiales, bienes y servicios y otros de similar naturaleza…"